REGLAMENTO DE USUARIOS Y NORMAS DE USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
El Instituto Municipal de Actividad Física y Deportes (IMAD) es un Organismo Autónomo Local dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Fuensalida. Tiene como finalidad fomentar la práctica de la Actividad física y del deporte, así como la ejecución de programas de carácter socio-deportivo dentro de las competencias que las leyes establecen para las Corporaciones Locales.
Su misión es gestionar las instalaciones deportivas, garantizando su correcto funcionamiento, y ofrecer servicios y actividades que ayuden a mejorar la calidad de vida y el bienestar de los habitantes de Fuensalida, y conservar, mejorar e inspeccionar el patrimonio municipal destinado a uso deportivo.
El Instituto Municipal de Actividad Física y Deportes pone a disposición de cualquier persona o entidad, la posibilidad de acceder a las instalaciones deportivas municipales, bien para integrarse en actividades dirigidas por él, actividades libres, entrenamientos deportivos, competiciones o cualquier otra forma de práctica y/o manifestación sociocultural.
1. DE LOS USUARIOS
A efectos del presente reglamento se considerarán como tales a todas aquellas personas que hagan uso de las instalaciones deportivas municipales, bien bajo el régimen de alquiler o cesión de dichos espacios o participando en programas promovidos y gestionados por el IMAD.
1. 1 TIPOS DE USUARIOS
– ALUMNO DE ESCUELA DEPORTIVA O CURSO FORMATIVO: Se considerará como tal a todas las personas que estén inscritas en las Escuelas Deportivas Municipales o cursos varios (monográficos, de tecnificación, etc.) y se encuentren al corriente de pago.
– LIBRE: Usuario que no teniendo la consideración de alumno utiliza las instalaciones deportivas abonando el precio del alquiler correspondiente.
– PÚBLICO GENERAL: Aquella persona que asiste a los espectáculos deportivos, entrenamientos y competiciones en las instalaciones deportivas municipales, así como a acompañantes y visitantes.
– COLECTIVOS Y GRUPOS ORGANIZADOS: Aquellos formados por clubes y asociaciones, centros escolares, empresas, etc.
1. 2 DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS
– DERECHOS:
a) Recibir información detallada sobre instalaciones deportivas, horarios, precios o tasas públicas, actividades deportivas y forma de acceso a las mismas.
b) Ser tratados con educación y amabilidad por el personal que presta servicios en el IMAD y sus instalaciones.
c)Hacer uso de las instalaciones deportivas alquiladas o reservadas, o de las actividades en que fueron inscritos siempre y cuando no se estén desarrollando actividades programadas que lo impidan.
d) Utilizar las instalaciones en un buen grado de higiene, limpieza y seguridad, que asegure el correcto desarrollo de la
actividad deportiva reservada.
e) Conocer los datos de mediciones de calidad del agua en piscinas de uso público, que deben exponerse al público.
f) Poder expresar libremente por escrito cualquier reclamación o sugerencia y a ser contestado en un plazo máximo de 15 días.
– DEBERES:
a) Utilizar las diferentes instalaciones, material y equipamiento deportivo adecuadamente, evitando posibles deterioros
o daños en las instalaciones de cara a la salud y derechos de otros usuarios, respetandola normativa específica en cada caso establecida por el IMAD.
b) Ir provistos de la Tarjeta Abono-Deporte y que ésta sea vigente para poder beneficiarse de los descuentos establecidos para sus poseedores.
c) Respetar los horarios de funcionamiento de las instalaciones deportivas, atendiendo en cualquier caso a las indicaciones del personal del IMAD.
d) Utilizar las instalaciones deportivas para el uso exclusivo para el que fueron diseñadas, utilizando el material deportivo adecuado en cada caso, salvo autorización expresa del IMAD.
e) Cumplir la normativa específica expuesta en cada instalación, atendiendo a las indicaciones del personal del IMAD y colaborando con el buen desarrollo de las actividades deportivas.
2. DEL PAGO Y RESERVA DE INSTALACIONES
2. 1 DE LAS CUOTAS E INSCRIPCIONES DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS
– COBRO DE PRECIOS
a) La administración y cobro de precios establecidos se llevará a cabo por la administración del Instituto Municipal de Actividad Física y Deportes.
b) El pago de los cursos se efectuará bien a través de domiciliación bancaria o bien a través de pago en sucursal bancaria (lo que determine el departamento económico en cada temporada deportiva) en periodos de cuatro meses de forma adelantada sin derecho a devolución. Para el alumnado de las Escuelas Deportivas se abrirá un plazo de inscripción inicial realizándose las mismas por estricto orden de llegada.
c) En caso de baja definitiva de alguna actividad de Escuelas Deportivas deberá avisarse por escrito rellenando la pertinente solicitud dos días hábiles antes del inicio del trimestre en cuestión.
d) La inscripción/matrícula supone el alta como usuario de una Escuela Deportiva Municipal. Dicho pagodebe efectuarse en las sucursales bancarias destinadas a tal fin, aportando impreso cumplimentado en su totalidad. La matrícula supone la elaboración del carnet de usuario, seguro de accidentes y plaza en la actividad elegida.
e) En el caso de falta de pago de las tasas de las diferentes Escuelas Deportivas Municipales, la reclamación por vía de apremio se efectuará sobre la totalidad del pago no atendido, sea de carácter mensual o sea de carácter trimestral.
Aquel usuario pendiente de pago no podrá inscribirse en una nueva actividad deportiva o solicitar el Abono-Deporte.
– ABONO-DEPORTE
a) El Abono-Deporte supone la reducción de las tasas generales en un 20% aproximadamente. Dicho documento es personal e intransferible.
b) El Abono-Deporte tiene validez por un año, en cuyo caso y no notificándose la baja efectiva del mismo el Instituto Municipal de Actividad Física y Deportes procederá a su renovación realizando el correspondiente cargo en cuenta.
c) El uso indebido o fraudulento del Abono-Deporte conlleva el pago del precio de la actividad o servicio utilizado o reservado en su cuota máxima, además de la retirada del mismo por el plazo de un año.
2.2 DE LAS CUOTAS DE LOS USUARIOS POR LIBRE
a) El alquiler de las diferentes instalaciones se hará personalmente en los controles de cada una de las intalaciones. Igualmente podrán reservarse instalaciones por teléfono siempre y cuando se posea el Abono Deportes.
b) El precio/tasa de alquiler se abonará en efectivo en las instalaciones deportivas pertinentes. El impago del mismo será motivo de expulsión.
2.3 DE LAS CUOTAS DE EQUIPOS, ASOCIACIONES Y CLUBES
a) Los equipos o asociaciones que deseen utilizar las instalaciones para el desarrollo de competiciones regladas (federadas o locales) deberán solicitarlo en las oficinas del IMAD, o en su defecto en las propias instalaciones, en el periodo destinado a tal fin (del 1 al 30 de Septiembre).
b) El Instituto Municipal de Actividad Física y Deportes en base a la solicitud de organización de liga/torneo emitirá informe indicando el importe a abonar por el correspondiente club/asociación en concepto de derechos de competición. Para la asignación de horas se tendrá en cuenta la seriedad, antecedentes y envergadura del proyecto.
c) La no utilización de las horas concedidas sin previo aviso dará lugar a la pérdida de todos los derecho sobre la concesión, teniendo en cuenta dicha situación para futuras concesiones.
2.4 RESERVA PARA ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES
– ENTRENAMIENTOS (Grupos organizados, clubes, equipos y asociaciones deportivas):
Las solicitudes se entregarán en las oficinas del IMAD (Casa de cultura) del día 1 al 30 de Septiembre, en los impresos facilitados al efecto.
La temporada deportiva abarcará del 01 de octubre al 15 de junio del año siguiente.
La concesión de instalaciones para entrenamientos vendrá determinada por el grado de ocupa ción de la instalación, demanda pertinente, nivel o categoría de la competición del club, número de participantes, etc.
La concesión de instalación vendrá cumplimentada con una tasa en concepto de derechos de uso a concretar en función
del punto anterior.
Los equipos que no hagan uso de la instalación concedida por tres días, sin previa comunicación, se les anulará la concesión.
La recogida de concesiones se realizará a partir del 31 de agosto en las oficinas del IMAD.
– COMPETICIONES
a) Todos los clubes federados que soliciten campos y pistas para jugar sus partidos de competición deberán entregar, obligatoriamente, una copia de su calendario en las oficinas del IMAD.
b) No se concederán concesiones por vía telefónica. Las solicitudes deberán presentarse por escrito, con 15 días de antelación.
c) Los equipos que acudan a entrenamientos o partidos oficiales sin tener concesión de la instalación, si ésta estuviera libre, se les facilitará previo pago de la cantidad correspondiente fijada en las Ordenanzas Municipales.
3. UTILIZACIÓN Y ACCESO A LAS INSTALACIONES
Las Instalaciones deberán utilizarse únicamente para la práctica del correspondiente deporte y sin fines lucrativos.
Aquellas personas que hagan uso de las instalaciones deberán portar en todo momento el ticket, recibo, tarjeta, etc. para presentarla al personal competente que así lo requiere.
En general, en todos los recintos e instalaciones no se permite la filmación, grabación o fotografías a personas, instalaciones u actividades, sin autorización previa del IMAD.
No se permitirá el uso de las instalaciones y/o servicios del IMAD a quienes no hayan abonado el importe de los desperfectos que en las instalaciones deportivas hayan ocasionado por su mal comportamiento.
No se permitirá entrar en las instalaciones deportivas con armas, materiales pirotécnicos o inflamables, banderas o símbolos anticonstitucionales.
3.1 TENIS, PADEL, FRONTÓN
Es obligatorio el acceso a las instalaciones con calzado y ropa deportiva adecuada. No está permitido la estancia en las pistas sin camiseta.
No se permite fumar, comer e introducir objetos de vidrio dentro de las pistas, así como la utilización de las pistas para la realización de otra actividad distinta de su diseño.
No se permite la utilización de las instalaciones para fines lucrativos, así como para dar clases particulares no regladas por el IMAD.
El IMAD cede a los clubes la utilización de las pistas en fines de semana única y exclusivamente para partidos de liga o torneos oficiales previa solicitud en las dependencias pertinentes, adjuntando proyecto y número de jugadores. El IMAD resolverá el horario pertinente y la cuantía a abonar por el Club/Asociación en concepto de derechos de competición.
El horario vendrá indicado en número de horas, dentro de las cuales deberá desarrollarse la competición pertinente.
Fuera de las mismas, los interesados deberán abonar el precio correspondiente por uso/alquiler de la pista respectiva.
Los clubes deberán entregar en el pabellón los horarios de reserva de todas las jornadas el miércoles de la semana en curso. Cuando se aplace un partido de mutuo acuerdo será obligatorio comunicárselo al encargado del pabellón con una antelación de 24 horas para poder optar al alquiler de la pista si fuere preciso. En este caso, el partido en cuestión podrá jugarse
entre semana siempre que sea posible y bajo el criterio del encargado de la instalación.
3.2 PABELLÓN CUBIERTO
El acceso a la instalación deberá hacerse con calzado y ropa deportiva. No se permitirá hacer deporte sin camiseta, fumar, comer e introducir objetos de vidrio.
Los pasillos no son espacios deportivos por lo que está terminantemente prohibido utilizarlos como zonas de entrenamiento o calentamiento.
Cualquier persona puede hacer uso del pabellón cubierto siempre que abone el precio correspondiente al alquiler.
3.3 PISCINA
Está terminantemente prohibido el paso a la piscina de cualquier persona que se encuentre bajo los efectos del alcohol y/o cualquier otro tipo de sustancia estimulante.
Es obligatorio ducharse antes y después de utilizar la piscina. No se permite la entrada de animales, fumar, comer e introducir objetos de vidrio en el recinto.
Los niños/as menores de 7 años podrán estar acompañados de un adulto. Una vez que el niño entre en su clase, dicho acompañante deberá abandonar el recinto.
Es obligatorio el uso de gorro de baño (piscina cubierta) y se recomienda la utilización de gafas de baño. Es obligatorio el acceso a la zona de playa con chanclas de piscina.
Está terminantemente prohibido realizar carreras y juegos que impliquen peligro, así como saltos acrobáticos que puedan poner en riesgo la integridad física del sujeto y de los demás usuarios.
Las corcheras delimitan las zonas de baño por lo que no pueden ser utilizadas como elemento recreativo o apoyarse en ellas para descansar. El material de enseñanza es de uso restringido para las actividades programadas.
Debe obedecerse en todo momento las indicaciones del Socorrista.
Los comportamientos vandálicos y/o el incumplimiento de la normativa dará lugar a la correspondiente sanción, que podrá ser individual o del colectivo responsable.
4. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Todas aquellas personas que utilicen las instalaciones deportivas podrán ser sancionadas por la Presidencia del IMAD, de acuerdo con la siguiente graduación de faltas y sanciones, y su procedimiento.
4.1 FALTAS
Las faltas de aquellas personas que utilicen las instalaciones podrán ser leves, graves y muy graves.
Faltas leves:
– Todas aquellas de cuya acción u omisión no interrumpa ni interfiera en el funcionamiento de las instalaciones, siendo de rápida solución.
– La inobservancia de la normativa existente públicamente expuesta en carteles informativos en las instalaciones.
– Las molestias ocasionadas a otros/as usuarios/as con motivo de actuaciones incorrectas, violentas, etc.
Faltas Graves:
– Todas aquellas que impidan el funcionamiento de las instalaciones, siempre que estas puedan ser reparadas en el mismo día y no afecten a terceros.
– Utilizar las instalaciones sin la correspondiente reserva, alquiler, inscripción, concesión o autorización de la misma.
– Utilizar los servicios de Abono-Deporte o las Escuelas Deportivas sin estar al corriente de pago de los precios o tasas correspondientes.
– Ocasionar desperfectos en las instalaciones y en su material.
Faltas muy Graves:
– Todas aquellas que impidan el funcionamiento de las instalaciones, y que no puedan ser reparadas en el mismo día o que afecten a terceros
– Las agresiones, tanto físicas como verbales al personal del IMAD o a cualquier otro usuario.
– Las sustracciones de objetos y fraudes dentro de las instalaciones deportivas, así como las actitudes obscenas o acciones que pongan en peligro la integridad de otros usuarios.
4.2 CONSECUENCIAS
Faltas leves: Apercibimiento por escrito o la pérdida de condición de usuario por periodos de 1 a 5 días.
Faltas graves: Apercibimiento por escrito y la pérdida de condición de usuario por periodos de 5 a 30 días. Reparación de los daños ocasionados.
Faltas muy graves: Pérdida de condición de usuario por un periodo comprendido entre 30 días y 1 año. Reparación de los daños ocasionados.
4.3 PROCEDIMIENTO
El Director del IMAD será la persona encargada de instruir el procedimiento. Las propuestas se comunicarán por escrito a los interesados dándoles diez días hábiles de audiencia para que puedan efectuar alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes.
Una vez concluido el plazo de audiencia el Director comunicará a la Junta Rectora, como Órgano competente, para resolver lo que proceda. Una vez resuelto se notificará al afectado dentro del plazo que le confiere la legislación administrativa.
No obstante, en el caso de que el usuario actúe de forma notoriamente contraria al presente reglamento, el responsable de la instalación esta autorizado para exigirle el abandono de la misma o requerir la presencia de las fuerzas de seguridad si la gravedad del caso así lo exigiese, sin perjuicio de las posteriores acciones aplicables al caso.
4.4 DISPOSICIÓN ADICIONAL
Serán de obligado cumplimiento todas las normas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre uso y conservación de las instalaciones deportivas de los municipios, así como las que dicte en el futuro.
4.5 DISPOSICIÓN FINAL
El presente reglamento entrará en vigor una vez cumplidos los trámites legales de aprobación y publicación, y el mismo estará expuesto en todas las instalaciones deportivas para general conocimiento.